La AFIP actualizó los montos de información para bancos y billeteras virtuales
- chacoenalta

- 4 jun 2024
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Este viernes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una actualización de los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar al Estado sobre las transacciones de sus clientes. Esta medida busca fortalecer el control fiscal y detectar posibles irregularidades en las operaciones financieras.
A partir de ahora, las entidades financieras deberán reportar al ente recaudador las siguientes transacciones cuando superen los nuevos límites establecidos:
Acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas:
Monto anterior: $200.000
Nuevo monto: $700.000
Consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales:
Monto anterior: $120.000
Nuevo monto: $400.000
La AFIP también ha determinado que estos montos se actualizarán cada seis meses, basándose en el coeficiente de variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC. Esta cláusula de actualización busca mantener los montos informativos alineados con la inflación y las variaciones económicas.
El principal objetivo de esta modificación es simplificar el proceso tributario y mejorar los regímenes de información. La AFIP pretende, mediante esta actualización, implementar mecanismos más eficaces para la detección y control de posibles irregularidades fiscales.
En caso de que un usuario exceda alguno de los límites establecidos, la AFIP podrá:
Evaluar la situación fiscal del contribuyente para detectar posibles irregularidades.
Solicitar el origen de los fondos mediante la presentación de documentación respaldatoria de las transacciones que superen los límites.
Cerrar la cuenta, en última instancia, si se detectan inconsistencias graves.
La AFIP notificará a los usuarios sobre estas medidas a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación de la billetera virtual.
Esta actualización modifica los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que regula el régimen de información para administradores, gestores, controladores o procesadores de movimientos de activos a través de plataformas electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago.









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