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Tras un fallo judicial, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y redefinió pensiones

Luego de una orden judicial que declaró inválida su suspensión, el Ejecutivo reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y puso en marcha un nuevo sistema de pensiones no contributivas. La medida busca ordenar el esquema de beneficios, aunque persisten interrogantes sobre su financiamiento y aplicación.

 


El Gobierno nacional oficializó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (N° 27.793) a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma, firmada por el presidente Javier Milei, establece un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad y fija los criterios de acceso, permanencia y control de las prestaciones.


La decisión se produjo luego de que la Justicia declarara inválido el intento del Poder Ejecutivo de suspender la aplicación de la ley y ordenara su ejecución inmediata. El fallo judicial obligó al Gobierno a avanzar con la reglamentación tras varios meses de demoras y discusiones internas sobre su implementación.


El decreto detalla el funcionamiento de la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, que reemplaza y unifica las prestaciones previas. Entre los puntos centrales se destacan la evaluación socioeconómica de los beneficiarios, revisiones periódicas para mantener el derecho, la incompatibilidad con otros beneficios similares y la creación de mecanismos de control y auditoría a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad.


Asimismo, se dispone la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad, proceso que requerirá un relevamiento y verificación de todas las prestaciones vigentes.


La reglamentación también incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del ámbito del Ministerio de Salud. Esta dependencia deberá convocar al Consejo Federal de Discapacidad en un plazo máximo de 30 días para acordar los parámetros operativos y los procedimientos de auditoría del nuevo sistema.


Aunque el decreto representa un avance formal tras la sanción de la ley en 2025, su recorrido estuvo atravesado por tensiones entre el Ejecutivo y el Congreso. En agosto de ese año, el Gobierno había vetado la norma junto con otras leyes de contenido social, argumentando falta de recursos y riesgos fiscales por la ampliación de beneficios.


Sin embargo, el Parlamento insistió en su aprobación con mayoría calificada y logró su promulgación. No obstante, la aplicación efectiva de la ley se mantuvo en suspenso debido a condiciones impuestas sobre su financiamiento, hasta que la intervención judicial forzó su puesta en marcha definitiva.


Pese a la reglamentación, persisten dudas sobre la sustentabilidad económica del nuevo régimen. Especialistas y organizaciones sociales advierten que las cláusulas de “compatibilidad con los recursos disponibles” y los acuerdos de cofinanciamiento con las provincias podrían no alcanzar para cubrir las demandas del sector, en un contexto de deudas acumuladas y demoras en los pagos de prestaciones.

 
 
 

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