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La AFIP eliminó el registro obligatorio de contratos de alquiler


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha eliminado la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales con fines habitacionales. Esta decisión busca disminuir la carga administrativa y burocrática que enfrentan los contribuyentes.


Mediante la Resolución General 5545/2024, la AFIP eliminó el requisito de informar todas las operaciones de alquiler entre propietarios e inquilinos en el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)", a raíz de la derogación de la Ley de Alquileres.


Según la resolución, "esta medida favorece la creación de un Estado Nacional enfocado en el ciudadano, promoviendo la simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios".


Sin embargo, la nueva disposición establece que aquellos contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, así como en los impuestos sobre Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operaciones, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos de alquiler en el servicio "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI" en la página web de la AFIP con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la firma del contrato, según corresponda.


En caso de que los inmuebles pertenezcan a personas residentes en el extranjero, la registración deberá ser realizada por sus representantes en el país, sin importar la modalidad de la representación. La norma también incluye la obligación de registrar los contratos de alquiler celebrados de forma electrónica a través de plataformas digitales y/o aplicaciones móviles diseñadas para tal fin.

 
 
 

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